CREER EN JESÚS  (bajo el signo de la impunidad) 

El diputado federal morenista, Hugo Érick Flores llevó a cabo una conferencia de prensa en la Cámara de Diputados, para convocar a la “30ª Marcha para Jesús”, este “sábado de gloria”. Dijo que era un evento de trascendencia. Lo justificó como parte de la libertad religiosa y que sólo estaban ejerciendo allí sus derechos constitucionales. Afirmó que en México “se ha tratado de invisibilizar a las Iglesias” y que ellos (es decir los protestantes) habían inventado el Estado laico, pero no el jacobino, que sería el imperante en México. Un discurso muy parecido al que siempre manejó la derecha católica más conservadora en nuestro país. Sus argumentos, como todos, son discutibles, puede uno estar o no de acuerdo con ellos, pero lo que es indiscutible es la violación al artículo 130 de la Constitución, que establece el principio histórico de la separación del Estado y las Iglesias. También al principio de laicidad de la República, establecido en el artículo 40. Y de paso, a la Ley de asociaciones religiosa y culto público (LARCP), cuyo artículo 25 señala claramente que “las autoridades antes mencionadas [federales, estatales y municipales] no podrán acudir con carácter oficial a ningún acto religioso de culto público ni a actividad que tenga motivos o propósitos similares”. La conferencia de prensa llevada a cabo en la Cámara de Diputados fue una actividad que tuvo motivos o propósitos similares, pues se trataba de convocar desde un lugar público a una marcha con motivos religiosos, fuera de los templos. La marcha en sí no es el problema, pues cabe aclarar, como acto extraordinario de culto público, debió haber obtenido un permiso de la Secretaría de Gobernación que, como tal, está permitido por la ley. El problema no es la marcha, sino el funcionario público, en este caso el diputado en cuestión, quien al convocar desde la Cámara de Diputados y en tanto que diputado, violó dicho artículo de la LARCP, además, como ya dijimos, de los artículos constitucionales antes mencionados. 

El diputado Flores, como es conocido, fue líder del Partido Encuentro Social (PES), en su momento cobijado por AMLO en la coalición que llevo a éste a la presidencia de la República. Pero como no alcanzó el 3% requerido para ser partido político nacional en 2018, se acogió a MORENA, mientras intentaba reciclar el partido con las mismas siglas, pero ahora bajo el nombre de Partido Encuentro Solidario, sin tampoco obtener ese porcentaje necesario en las elecciones federales siguientes. En suma, el electorado mexicano, pese al apoyo del partido mayoritario que cobijó al PES, no se ha manifestado a favor de darle su voto a un partido crípticamente confesional. Y, sin embargo, Hugo Érick Flores no ha entendido el mensaje del pueblo. Quiere construir una fuerza socio-política basada en la religión cristiana, como sucede en otros países menos laicos (Brasil, Perú, por ejemplo). Porque de otra manera no se explica por qué tendría que usar la Cámara de Diputados para impulsar una marcha religiosa. Él sabe que su función pública lo obliga, de acuerdo a la Constitución y las leyes, a distinguir entre su carácter de diputado federal y sus convicciones religiosas. Nadie lo obliga a ceder sus creencias. Simplemente a distinguir entre la esfera personal y la del funcionario. Él no puede utilizar recursos públicos, como los utilizó, para promover una religión. Puede muy bien acudir a la marcha citada a título personal, no como diputado. Y puede por supuesto expresar sus convicciones religiosas, pero al hacerlo tiene que saber que no puede imponerlas al resto de la población. Por lo tanto, no debe usar la tribuna pública para avanzar sus convicciones religiosas personales. Por eso precisamente se hace dicha distinción entre la función pública y la opinión personal. Él no fue elegido como líder religioso, sino como representante popular en un Estado laico. 

Todo lo anterior, sin embargo, no parece importarle al diputado Flores. Está convencido de que sus convicciones religiosas están por encima de la ley y de la Constitución, a las que no le importa violar. Contribuye así a esa cultura de la impunidad, donde cada quien decide cuándo las leyes deben respetarse o no. Y no se percata de que, haciendo eso, alimenta un estado de cosas donde la moral pública no es precisamente la que él quiere favorecer, pues si cada quien privilegia sus convicciones religiosas a la ley, no podemos construir una moral pública compartida por todos. Por eso el artículo 1º de la LARCP dice textualmente: “Las convicciones religiosas no eximen en ningún caso del cumplimiento de las leyes del país. Nadie podrá alegar motivos religiosos para evadir las responsabilidades y obligaciones prescritas en las leyes.” ¿Así o más claro? 

 

Roberto Blancarte - 17 de abril 2025 

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